viernes, 3 de febrero de 2012

Villafuerte Ruzo procesó a Bignone y a Luis Patti

El juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, procesó con prisión preventiva al último dictador Reynaldo Bignone y al ex policía Luis Abelardo Patti, por el crimen de los militantes montoneros Eduardo Pereyra Rossi y Osvaldo Cambiaso, secuestrados en el bar Magnum de Rosario en mayo de 1983 y asesinados días después en provincia de Buenos Aires.
 
La medida también alcanzó al ex coronel Pascual Oscar Guerrieri, que comandaba el Destacamento 121 de Inteligencia de Rosario, y a otros seis ex militares. Se trata de los ex miembros de esa unidad militar Walter Pagano, Ariel Porra, Juan Andrés Cabrera, Carlos Sfulcini y Ariel López, en tanto Luis Américo Muñoz, que se desempeñaba como segundo jefe del destacamento, también fue procesado pero sin prisión preventiva.

En tanto, el juez dictó la falta de mérito para Víctor Hugo Rodríguez, alias Chuli, y del ex arquero de Rosario Central, Edgardo “Gato” Andrada, quienes también cumplían para esa fecha funciones en el destacamento 121 de inteligencia.

Eduardo “Carlón” Pereyra Rossi y Osvaldo Agustín Cambiaso fueron secuestrados en el bar Magnum de Córdoba y Ovidio Lagos el 14 de mayo de 1983 y de allí conducidos ese mismo día a la localidad de Lima, partido de Zarate, donde fueron torturados y fusilados.

Ese crimen se cometió apenas cinco meses antes de la reinstauración democrática y el gobierno militar adjudicó las muertes a un “enfrentamiento” con una patrulla policial que integraba el ex policía Patti, junto con los ex numerarios Juan Amadeo Spataro (prófugo) y Rodolfo Diéguez (fallecido).

Un estudio realizado por un perito dela Corte Supremade Justicia determinó que ambos cuerpos tenían marca de aplicación de picana eléctrica, pese a lo cual la Justicia ordinaria de San Nicolás sobreseyó a los ahora procesados en un dictamen confirmado luego por la Cámara Federal.

La causa fue reabierta por Villafuerte Ruzo ante las evidencias de la irregularidad del procedimiento en cuanto a la anulación de los sobreseimientos sobre la base del instituto de la “cosa juzgada irrita”, ratificada por la Cámarade Apelaciones de Rosario.

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